De la Operación Fénix a la "FARC-Política": Memorias breves de un injusto encierro
Liliany Obando
Traspasa los Muros
“… Todo preso político debe agradecer
a sus carceleros que le confirmen,
en los hechos y sobre su persona
la validez de sus convicciones,
la razón de sus pasos.
Nunca un hombre
está más seguro de lo que hace,
que cuando un dolor prolongado
no logra quitarle el aliento
y derrotarlo…”
("Primavera con una esquina rota", Mario Benedetti).
Hoy se cumplen 36 meses desde cuando fui confinada en una prisión “detenida preventivamente” mientras se me sometía a una investigación judicial que aún no termina.
Soy una mujer más entre los más de 7.500 prisioner@s polític@s colombian@s quienes padecemos y resistimos con dignidad la dureza de un sistema judicial, penitenciario y carcelario y de un Estado que nos niega y nos descalifica tildándonos de “terroristas” y que en prisión busca anularnos como personas y quebrarnos como luchadores sociales y políticos.
El preludio de esta pesadilla personal tuvo lugar la madrugada del 1 de marzo de 2008, cuando bajo las ordenes del entonces presidente Uribe; del Ministro de Defensa Juan Manuel Santos y del generalato de la Fuerzas Armadas de Colombia se ejecutaba la Operación Fénix en territorio ecuatoriano.
La Operación Fénix: Sin verdad no hay retorno de las cenizas
La Operación Fénix en la que participaron conjuntamente fuerzas Especiales del Ejército, la Policía y la Fuerza Aérea Colombiana, con la posible coadyuvancia de un tercer país2, Sería desde entonces motivo de una dura polémica. Por una parte, están quienes desde el lado del Estado consideran esta operación como una proeza de los “Héroes de la patria” que arrojo como resultado la eliminación de un importante ´enemigo interno´ no importa los costos políticos, diplomáticos y jurídicos para el país; al fin y al cabo, -“el fin justifica los medios”-.
Por otra parte están quienes creen que la operación Fénix constituyó un exceso guerrerista que devino en la flagrante violación de una serie de principios de la legislación nacional e internacional, entre ellos el de la integridad territorial y soberanía de otro país –Ecuador-; el de la autodeterminación de los pueblos; de tratados y convenios bilaterales y multilaterales en materia de cooperación judicial y penal3. En lo nacional dicha acción que fue contraria a lo preceptuado en la Constitución Política y en la legislación penal. Pero también resultó contraria a las reglas de la guerra, si, porque hasta la guerra tiene límites y existe un código de honor del guerrero, según el cual NO TODO VALE.
El objetivo militar de la Operación Fénix
En materia militar, con la Operación Fénix se buscaba dar de baja a quien era considerado como un ´Objetivo de alto valor´. La inteligencia militar había ubicado en la frontera colombo-ecuatoriana, más exactamente en Angosturas, provincia de Sucumbíos- Ecuador un campamento de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-FARC, en el que se encontraría dicho objetivo: el jefe insurgente e integrante del secretariado de las FARC, Raúl Reyes.
La Operación Fénix tuvo lugar entonces: Primero vino una fase de ablandamiento del terreno. No importó que ese objetivo estuviera por fuera de la frontera colombiana ni que no mediara autorización del gobierno ecuatoriano en cabeza del presidente Rafael Correa ni de las autoridades judiciales de ese país para realizar dicha incursión.
La Fuerza Aérea Colombiana bombardeó, con todo su poder de fuego, el campamento ubicado en Ecuador, luego vino el desembarco aéreo de los miembros de las fuerzas Especiales de la Policía y el ejército colombianos para inspeccionar y copar el área bombardeada, corroborar la baja de su ´objetivo de alto valor´ e incautar selectivamente, de nuevo, sin autorización de autoridad judicial competente de Ecuador ni de Colombia evidencia material, alterando la escena de los hechos.
En la Operación Fénix murieron violentamente el jefe guerrillero de las FARC, Raúl Reyes y al menos otras 24 personas entre civiles y combatientes rebeldes. Entre los civiles murieron 4 estudiantes mexicanos4 y un ciudadano ecuatoriano5. Entre los sobrevivientes conocidos se encontraron una estudiante mexicana y dos guerrilleras heridas6.
Dos de los cuerpos, los de interés para las fuerzas armadas colombianas, el de Raúl Reyes y el de quien creían era el guerrillero Julián Conrado fueron sustraídos ilegalmente del lugar y transportados a Colombia sin cumplir los protocolos establecidos para el levantamiento de los occisos. Sus imágenes-el trofeo de guerra- fueron presentadas de forma grotesca en los medios de comunicación.
Aun hoy se desconoce la causa real de la muerte del jefe de las FARC, Raúl Reyes. Su cuerpo nunca fue entregado a sus familiares. Hoy se encuentra entre los más de 50.000 desaparecidos en Colombia.
El otro cuerpo, resultó ser el del ciudadano ecuatoriano Franklin Guillermo Aisalla Molina y no del guerrillero Julián Conrado, este una vez identificado fue repatriado a Ecuador. Hoy cursa ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos una demanda contra el Estado colombiano interpuesta por el gobierno ecuatoriano por el homicidio -ejecución extrajudicial- de este ciudadano ecuatoriano7.
La denominada "FARC-Política"
El otro componente de la Operación Fénix tomo forma en el plano político y jurídico. En el 2008 el escándalo de la PARAPOLITICA, que comprometía a un gran número de miembros de la clase política, en su mayoría asociados al gobierno Uribe, estaba en un punto de clímax. Para tender una cortina de humo sobre este asunto, el gobierno fabrico lo que denominaría como FARC-POLITICA, basada en la supuesta evidencia material (computadores, discos duros extraíbles y usbs) ilegalmente obtenida por miembros de las fuerzas armadas que intervinieron en la incursión en el campamento de Raúl Reyes en Ecuador.
Dicha evidencia material fue recolectada de forma arbitraria e ilegal por personal militar, y de policía, quienes, contrario a lo que afirman algunos funcionarios del anterior y actual gobierno, no contaban con funciones de policía judicial. Esta fue sustraída de facto, en territorio de otro país y sin la autorización expresa de autoridad judicial del Ecuador, afectando la escena de los hechos y violando los protocolos internacionales en materia de recolección de materiales probatorios en territorio extranjero.
Fue el entonces mayor de la policía Camilo Ernesto Álvarez ochoa8, como comandante del Grupo Contra Objetivos de Alto Valor-comando de Operaciones especiales-COPES- uno de quienes recolectaron la evidencia material, la sustrajo ilegalmente y en calidad de primer respondiente de la “cadena de custodia” transportó dicho material hacia territorio colombiano.
Ya en Colombia, en el municipio de Puerto Asís, Putumayo, el mismo 1 de marzo de 2008, el mayor Álvarez hizo entrega del material probatorio al entonces capitán de la policía (DIJIN) Ronald Hayden Coy Ortiz, quien a partir de ese momento y hasta el 3 de marzo, fungiría como el segundo respondiente de ese material informático y su ´cadena de custodia’.
El capitán Coy, sin ser perito informático, del 1 al 3 de marzo de 2008, manipulo dicha evidencia física sin cumplir con los protocolos establecidos para el tratamiento de la misma. Sin que personal especializado en informática hubiere creado la “copia espejo”, necesaria para el análisis de la información, accedió directamente a los archivos, de los cuales posteriormente en declaración juramentada dijo que no se trataban de correos electrónicos sino de archivos WORD (documento).9 adicionalmente abrió, leyó y copio en su computador personal dichos archivos. Y no conforme con ello, entrego copias de los mismos, por considerarlos de importancia para la “Seguridad Nacional” al Ministerio de Defensa Colombiano, todo esto sin que mediara orden de autoridad competente alguna.
El Ministerio de Defensa colombiano, a su vez filtró a los medios algunos de estos documentos, escogidos selectivamente, violando así la reserva sumarial de la supuesta prueba reina que usarían en la denominada FARC-POLITICA.
Solo hasta el 3 de marzo de 2008, el capitán Coy hizo entrega de la “evidencia”, en la ciudad de Bogotá, al mayor Freddy Bautista García, de la policía Nacional, entonces al frente del Grupo de Delitos Informáticos de la DIJIN. Fue el mayor Bautista quien después de procesar con su equipo de peritos dicha evidencia física y crear por primera vez la “copia espejo” de la misma, sugirió que la INTERPOL10 certificara dicho procedimiento para validar esa prueba.
El inicio de una pesadilla que no termina
Todavía con el furor de la Operación Fénix que se rebelaba en sus rostros iluminados, en el mes de mayo de 2008, el entonces fiscal General de la Nación Mario Iguarán, junto al Ministro de Defensa, Juan Manuel Santos, aparecieron ante los medios de comunicación para anunciar públicamente la apertura de una investigación judicial contra vari@s ciudadan@s colombian@s y extranger@s dentro de la llamada FARC-POLITICA, proceso construido sobre la base de la información supuestamente obtenida de los elementos informáticos de Raúl Reyes en la Operación Fénix.
Para mi sorpresa, escuche en boca del fiscal Iguarán mi nombre, que aparecía junto al de connotadas personalidades de la vida política, académica y periodística; entre ellos se mencionaba a l@s congrsist@as del Polo Democrático Alternativo, Gloria Inés Ramírez y Wilson Borja; a la entonces senadora del Partido Liberal Piedad Córdoba; al ex ministro Álvaro Leyva Duran; a los periodistas Carlos Lozano Guillen, William Parra y Lázaro Viveros; al académico estadounidense James Jones y al parlamentario venezolano Amílcar Figueroa. Con el tiempo esta lista se iría ampliando con nuevos nombres. El factor común entre quienes fuimos incluidos en esta línea es el compromiso asumido desde los diferentes espacios de trabajo de cada un@, algún@s de nosotr@s desde la oposición política, con la defensa de los derechos humanos, la búsqueda de escenarios de paz y de acuerdo humanitarios.
Después de esa alocución vinieron momentos de zozobra para mí y mi familia. Mi vida que hasta entonces transcurría entre mi trabajo profesional como socióloga; mi compromiso con la defensa de los derechos humanos, de las mujeres y laborales; mi militancia en la izquierda como opción politica11; mi actividad académica en la maestría en Estudios Políticos en la Universidad Nacional de Colombia (estaba preparando min tesis de grado), y la crianza de mis hij@s(4 y 15 años) como madre cabeza de familia, cambió radicalmente, aunque no en lo fundamental.
Ante el inminente proceso judicial me dispuse a buscar ayuda legal para asumir mi defensa.
El 8 de agosto de 2008, mientras leía noticias en internet hubo una que ocupo toda mi atención, se trataba de la orden de captura en mi contra. Horas más tarde era allanada mi residencia y yo era conducida a los calabozos de la DIJIN y de ahí a la reclusión de Mujeres de Bogotá, en donde permanezco aun, 36 meses después, en calidad de SINDICADA a la espera de que se haga justicia en mi caso y en un claro abuso de la detención preventiva.
En el operativo de allanamiento participaron fuerzas policiales (DIJIN) fuertemente armados, quienes lograron Intimidar a mi anciana madre y a mis pequeños hijos. En el lugar se incautaron documentos de tenencia legal, incluso algunos de mi madre e hij@s, que figuran entre las pruebas en mi contra.
Al frente del operativo de allanamiento y “captura” se encontraba el capitán de la DIJIN, Ronald Hayden Coy Ortiz, el mismo que participó en la Operación Fénix. Este me decía con sorna entre muchas otras cosas que –me haría famosa, nacional e internacionalmente-, mientras otro de los policías filmaba todo a mí alrededor, incluso a mi familia y a mí en todos los planos. Hubo un instante que me causo curiosidad, cuando el camarògrafago de la policía fue despachado con tono de urgencia del lugar. A los pocos minutos aún sin que el allanamiento hubiera terminado, eran transmitidas las imágenes del operativo en televisión, mientras los policías hacían una pausa para ver el espectáculo mediático con el pecho henchido por el “positivo”.
Con mi detención se iniciaba el proceso de la FARC-POLITÌCA. Un proceso político más que jurídico, que hoy parece languidecer dada la arbitrariedad e ilegalidad sobre la que fue construido.
El 11 de agoto de 2008, estando aún aislada en los calabozos de la DIJIN, fui conducida al Bunker de la Fiscalía para rendir indagatoria ante la fiscal 19 anti-terrorismo, Nancy Esperanza Pardo Bonilla. Hasta entonces me enteraría de las razones por las que me encontraba vinculada al proceso de las FARC-POLITICA y de los cargos que se me imputaban.
Antes de regresar al Bunker de la Fiscalía algun@s periodistas trataron de obtener de mí alguna declaración. Quedó grabada en mi memoria la primera pregunta que me hacia una periodista “¿Es cierto que usted era la amante de Raúl Reyes?” la miré y le respondí “Eso no es verdad y con este tipo de calumnias mal intencionadas vulneran mi dignidad como mujer y como ser humano”. En realidad no sé qué me ofendía más, si el ser sometida públicamente a una falsedad que dejaba una marca perenne sobre mi honra, o el saber que estaba siendo usada como carne de cañón por quienes desde la `inteligencia militar` sólo querían desdibujar la imagen del jefe insurgente.
Ya en la indagatoria la Fiscal me imputó los cargos de Rebelión y Administración de Recursos con fines Terroristas, cargos soportados en la supuesta información obtenida en los dispositivos informáticos del abatido jefe de las FARC, Raúl Reyes. Cargos que no acepté, sometiéndome conscientemente a un proceso de juicio para demostrar mi inocencia. La Fiscal decidió entonces dictar medida de aseguramiento en mi contra en establecimiento carcelario. Fue la primera vez que se me negó el beneficio de la detención domiciliaria a pesar de haber demostrado plenamente mi condición de madre cabeza de familia. Luego se me negaría dicho beneficio en 9 ocasiones más por considerárseme un “peligro para la sociedad”, cosa que no ocurre con l@s delincuentes de cuello blanco, a quienes se les otorga sin ninguna traba este beneficio.
El 14 de agostos de 2008 fui entonces remitida a la reclusión de mujeres de Bogotá – “Buen Pastor” al pabellón 6, que es el pabellón en el que se encuentran, por calificación de internas la mayor parte de las mujeres presas políticas de la reclusión. Me convertí entonces en la primera colombiana y la única mujer privada de su libertad por la denominada FARC-POLíTICA.
De otras ilegalidades procesales
Desde el mismo momento en que fui vinculada con pruebas ilegales – al proceso judicial de la FARC-POÌTICA se me sometió a una exposición mediática en donde se me atribuyeron desde tener “lazos afectivos” con el abatido jefe de las FARC, Raúl Reyes, hasta de una serie de responsabilidades que nunca he tenido. Dicha situación no sólo afectó mi honra y mi buen nombre sino que además ha desencadenado un sinnúmero de tratos degradantes, ofensas e incluso amenazas de muerte en mi contra con los consecuentes problemas de seguridad para mí y mi familia.
En la reclusión l@s prisioner@s polític@s debemos cargar con el estigma del `delito` que se nos endilga: REBELIÓN y se nos hace un `perfil` de alta peligrosidad, pues seguimos siendo considerad@s el `enemigo interno`, sólo que tras las rejas. Estas circunstancias más mi continuado compromiso con la defensa de los derechos humanos, ahora de mis compañeras@s en prisión, me ha valido el señalamiento y la continuada persecución de parte del INPEC12.
Como resultado de dicho señalamiento, el pasado primero de junio de 2011 fui trasladada dentro de la misma reclusión del pabellón 6 al pabellón 7, donde me encuentro aislada del resto de mis compañeras prisioneras políticas y sometida a mayores medidas de seguridad.
Además de haber sido vinculada a un proceso judicial con fundamento en pruebas ilegales, con la consecuente detención arbitraria, el proceso en mi contra ha estado flagrado de irregularidades desde la etapa de instrucción hasta ahora:
- Fui imputada además del “delito” de rebelión, que es un delito político y de la competencia de la justicia ordinaria, con el delito de administración de recursos con fines terroristas, que es un delito no político y del resorte de la justicia especializada.
Ha sido una estrategia de l@s fiscales imputar a l@ opositores polític@s delitos asociados al terrorismo, conjuntamente al “delito” de rebelión, esto con el fin de agravar la situación jurídica con largas condenas , aumentar los tiempos requeridos para el desarrollo de los procesos y entrabar el accesos a beneficios jurídicos para imputados y condenados.
Por cuenta de esta estrategia me ha sido negada repetidamente la detención domiciliaria, se me sometió a detención preventiva que es –una medida extraordinaria-y se ha prolongado en el tiempo el desarrollo del proceso.
- Después de que la fiscal 19 profirió la resolución de acusación en mi contra y quedo en firme, el 08 de abril de 2009 se inició la audiencia pública y la audiencia preparatoria antes del juicio bajo la competencia del Juzgado Noveno Penal del Circuito Especializado de Bogotá. Durante la audiencia preparatoria solicitamos con mi defensa el acceso a la totalidad de la “prueba reina”, es decir, de los archivos obtenidos en la Operación Fénix, pero esta petición nos fue negada. Tanto Juez como fiscal sólo nos permitieron conocer resúmenes de los archivos que se consideraban estaban directamente relacionadas conmigo. De esta forma se rompió la unidad procesal de tod@s lo vinculad@s al proceso de la FARC-POLÍTICA, para quienes “la prueba reina” son precisamente esos archivos obtenidos en la Operación Fénix.
Así, se nos impidió a l@s vinculad@s de dicho proceso la posibilidad de asumir colectivamente la defensa. A cada uno de nosotr@s se nos individualizo la investigación y se nos permitió conocer sólo fracciones de la “prueba reina”. De esta forma se afectó seriamente la salvaguardia al debido proceso y a un juicio justo.
- Por estar sometida a la justicia especializada, los tiempos del proceso en la fase de audiencia pública han sido largos y con interrupciones, a tal punto y cumplidos 24 meses desde el inicio de la audiencia publica y 32 meses de mi “detención preventiva”, no se ha terminado esta etapa teniendo derecho a mi libertad por vencimiento de términos.
El 11 de abril de 2011 solicitamos dicha libertad, pero el 13 de abril la Juez Novena Penal del Circuito Especializado la negó excusándose en que la audiencia pública no se ha podido terminar por “causas justas y razonables”, debido a que la defensa había solicitado la práctica de pruebas en el exterior y que por lo tanto se me estaría garantizando el debido proceso.
Ante tal absurdo jurídico, a través de la defensa interpusimos recursos de apelación y Habeas Corpus13 para pedir la libertad por vencimiento de términos, pero tanto el Tribunal Superior de Bogotá, que tuvo conocimiento de la apelación, como el juez de Habeas Corpus se negaron también a otorgarme la libertad inmediata.
- En mayo 18 de 2011, la Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, profirió auto inhibitorio14 en el caso del ex congresista vinculado al proceso de la llamada FARC-POLITICA. Con este auto la Corte sentenció que las evidencias físicas obtenidas en la Operación Fénix y que han sido usadas como prueba en el caso del ex congresista Wilson Borja es decir la FARC-POLITICA son ilegales y que en derecho no pueden ser usadas ni en el caso de Borja ni en ningún otro proceso pues no tienen ninguna validez jurídica.
El 1 de agosto de 2011, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, de forma unánime ratifico la sentencia proferida el 18 de mayo de 2011 en la que se declara ilegal la evidencia material obtenida en la Operación Fénix y la imposibilidad de que esta sea usada en cualquier proceso judicial como prueba.
Basados en ese fallo recuperó la libertad el profesor Miguel Ángel Beltrán en junio 3 de 2011. El profesor Beltrán también había sido vinculado por el proceso de la FARC-POLITICA y permaneció 2 años privado injustamente de la libertad. También se frenó la extradición hacia Colombia del dirigente comunista Manuel Olate y se pudo esclarecer su situación jurídica en su país.
- Por su parte, mi defensor basado en el fallo de la Corte Suprema de Justicia solicitó en el mes de julio de 2011 el Control de Legalidad ante la jueza 9 Penal del Circuito Especializado, Danae Hinestroza Rengifo y la solicitud de mi libertad por haber sido detenida arbitrariamente con fundamento en pruebas ilegales. La jueza de conocimiento una vez más rechazó la solicitud de la defensa.
- El 01 de agosto de 2011 recurrimos a la acción de Habeas Corpus al considerar que no sólo fui privada de mi libertad arbitraria e ilegalmente sino porque existe una prolongación ilegal de dicha detención. Soportamos nuestra solicitud en la providencia de la Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, de mayo 18 de 2011 y su ratificación del 1 de agosto de 2011 en la que se declara nula por carecer de validez jurídica la “prueba” obtenida ilegalmente en la Operación Fénix que ha sido usada en mi contra.
Inexplicablemente el juez de Habeas Corpus, el juez 30 Laboral del Circuito de Bogotá, Alfonso Mario Araujo Monroi quien niega por “improcedente” nuestra petición fundado en espurios argumentos jurídicos.
Es evidente que durante estos 36 meses mi “detención preventiva” en establecimiento carcelario ha vulnerado innumerables derechos: a la presunción de inocencia, al debido proceso, a la legítima defensa, a las garantías procesales, y a mi libertad causándome daños irreparables en lo material y en lo moral. Por tal motivo a través de mi defensa hemos solicitado Medidas Cautelares de protección a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Lo cierto es que a tres años de la cuestionada Operación Fénix, el monstruo de la FARC-POLITICA languidece. Por fortuna ya muchas de las personas injustamente vinculadas a este proceso han sido inhibidas o absueltas. Aún continuamos privados de nuestra libertad Joaquín Becerra y yo.
Entre tanto mis días siguen transcurriendo en una celda de alta seguridad aislada del resto de mis compañeras prisioneras políticas pero con la dignidad, la moral y la frente en alto.
Seguiremos luchando por la libertad de tod@s l@s prisioner@s polític@s colombian@s.
Algún día será posible y podré de nuevo en libertad continuar trabajando por una patria verdadera, democrática, con inclusión política, con justicia social y paz.
Estos 36 meses de injusto encarcelamiento han sido menos tortuosos gracias a la invaluable solidaridad y a las expresiones de cariño de muchos y muchas compañeros y de muchas otras personas, que aun sin conocerlos se han sensibilizado con mi caso y el de los más de 7500 prisioner@s polític@s colombian@s.
A tod@s ell@s, a las organizaciones sindicales, de derechos humanos, activistas por la paz y la justicia social, a los medios de comunicación alternativos, a los partidos políticos de oposición a los abogados demócratas, y a l@s parlamentarios que han confluido desde distintas latitudes del globo, en la campaña por la libertad de l@s y prisioner@s polític@s colombin@s, mi gratitud y afecto.
Quiero agradecer especialmente a l@s compañeros de la Red Internacional de Solidaridad Con los Prisioner@s politic@s colombian@s(INSPP, sigla en ingles); de la Campaña de Solidaridad por los Prisioner@s Polític@s en Canadá, de Justicia por Colombia en el Reino Unido; de los circulos de Solidaridad por Colombia y de Paz y Justica por Colombia en Australia; de la Alianza por La Justicia Global en Estados Unidos; de la Campaña de Solidaridad por l@s prisioner@s polític@s colombian@s “Creando Puentes Solidarios”, en Cuba; de la Agencia Bolivariana de Asuntos Humanitarios Patria es Solidaridad, en Venezuela; de la Campaña por la Libertad de los Prisioner@s polític@s colombian@s en Francia, de la campaña por la Libertad de los prisioner@s polític@s “Traspasa los Muros”, de la Fundación Lazos de Dignidad, de la Brigada Jurídica Eduardo Umaña Mendoza, del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos en Colombia.
A las y los abogados que han contribuido con mi defensa Eduardo Matyas Camargo, Gustavo Gallardo, Santiago Ortiz y July Henriquez.
A mi amigo y compañero Raúl Arango, siempre solidario con las prisioneras políticas del Buen Pastor, a Niki, donde quiera que este.
A mi compañero y amigo Néstor Montilla, que siempre me acompañó mientras estuvo vivo y aun me acompaña.
A mi pequeña pero incondicional y amorosa familia.
A todas y todos muchas gracias y un abrazo fraterno.
LILIANY OBANDO
PRISIONERA POLITICA, SOBREVIVIENTE DEL GENOCIDIO CONTRA LA UNIÓN PATRIOTICA.
RECLUSIÓN DE MUJERES DE BOGOTA BUEN PASTOR. AGOSTO 8 DE 2011.
NOTAS:
1. Prisionera política sobreviviente del genocidio contra la unión patriótica. Socióloga, defensora de derechos humanos, de las mujeres y laboral.
2. “El gobierno de Ecuador… sostiene que de acuerdo a los restos de las bombas encontradas en el campamento estas requieren para ser lanzadas una tecnología avanzada que según ellos no disponen la Fuerza Aérea de Colombia”. Informe de la comisión de la OEA que visito Ecuador y Colombia. Vigésima quinta reunión de consulta de ministros de relaciones exteriores, 17 de marzo de 2008, Washington pg. 7
3. Colombia es Estado parte de la Organización de Estados Americanos OEA, como tal aprobó la Convención Interamericana sobre asistencia mutua en materia penal, suscrita en Nassau, Bahamas el 23 de mayo de 1992 y el protocolo facultativo relativo a la convención interamericana sobre asistencia mutua en materia penal adoptado en Managua,Nicaragua el 11 de junio de 1998. la Ley 636 de 2001. Colombia también aprobó el convenio de cooperación judicial y de asistencia mutua en materia penal entre la república de Colombia y la república de Ecuador, suscrito en Santa Fe de Bogotá, D.C, el 18 de diciembre de 1996. Ley 519 de 1999.
4. Verónica Natalia Vázquez Ramírez, Fernando Franco Delgado, Soren Ulises Avilés, Juan Gonzales del Castillo, estudiantes de la universidad autónoma de México UNAM.
5. Franklin Guillermo Aisalla Molina.
6. Martha Pérez y Diana Gonzales, guerrilleras de las FARC y Lucia Morett Álvarez, encontradas por militares ecuatorianos.
7. El Estado ecuatoriano acuso al Estado colombiano por el homicidio “Ejecución extrajudicial” de Franklin Aisalla ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Según el estado ecuatoriano Aisalla fue asesinado a golpes de fusil que le destrozaron el cráneo.
8. Hoy cursa una investigación en Ecuador contra altos mandos de las Fuerzas Armadas colombianas quienes participaron en la Operación Fénix, entre ellos el entonces mayor de la policía Camilo Ernesto Alvares Ochoa, comandante del Grupo de Objetivos de Alto Valor el Comando de Operaciones Especiales –COPES-
9. El entonces capitán de la DIJIN- Policía Nacional, Ronald Hayden Coy Ortiz quien fue custodio de las evidencias físicas obtenidas en la Operación Fénix declaró bajo juramento que dichos archivos no eran correos electrónicos sino documentos Word
10. De acuerdo al informe de la INTERPOL sobre la validez de los procedimientos usados en el tratamiento de los dispositivos obtenidos en la Operación Fénix del 1 al 3 de marzo de 2008 se manipularon unos 48.000 archivos sin el lleno de los protocolos establecidos para tal fin.
11. Un Estado que como el colombiano se autoproclama democrático y de Estado Social de Derecho debe garantizar la inclusión y participación de la oposición política.
12. Instituto Penitenciario y carcelario.
13. Derecho fundamental y acción constitucional, artículo 30 de la Constitución Nacional.
14. De acuerdo al artículo 327 del código de procedimiento penal ley 600 de 2000 “… se torna imperativo emitir decisión inhibitoria, cuando el comportamiento no ha existido, es atípico, está acreditada un causal eximente de responsabilidad, o no es viable legalmente la acción penal”… pagina 3. Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Bogotá, D.C. mayo 18 de 2011
Fuente: http://www.traspasalosmuros.net/node/491
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